Régimen jurídico

Cuándo se adquiere la condición de funcionario de carrera en Mossos

No basta con aprobar la oposición. La condición de funcionario de carrera se adquiere por el cumplimiento sucesivo de cuatro requisitos del art. 62 del TREBEP. Te los explicamos uno a uno y con lo que significan en Mossos.

Actualizado: 24 de septiembre de 2026

Datos clave

Norma base
Art. 62 TREBEP
Requisitos
4, sucesivos
Nombramiento
Publicado en DOGC
Fase previa
Funcionario en prácticas

Aprobar la oposición es un hito enorme, pero conviene decirlo claro: aprobar no equivale, por sí solo, a ser funcionario de carrera. La condición de funcionario o funcionaria de carrera —la relación estatutaria estable y con plenitud de derechos— no nace con el aprobado, sino cuando se completa una secuencia de actos jurídicos que el Estatuto Básico del Empleado Público establece con precisión. En el caso de los Mossos d'Esquadra, ese proceso se entrecruza además con el curso selectivo del ISPC y con el período de prácticas. Este artículo ordena todas esas piezas: qué dice la ley, en qué momento exacto se adquiere la condición y qué diferencia hay entre estar "en prácticas" y ser funcionario de carrera de pleno derecho.

La idea de partida: ser funcionario es un estatus, no un aprobado

En Derecho de la función pública, ser funcionario de carrera es un estatus jurídico del que se derivan derechos y deberes concretos: inamovilidad en la condición (que no en el destino), derechos retributivos, carrera profesional, régimen disciplinario propio, deberes de dedicación e imparcialidad, etc. Precisamente porque ese estatus es tan relevante, la ley no lo hace depender de un solo acto, sino del encadenamiento ordenado de varios. Superar el proceso selectivo abre la puerta, pero la condición plena solo llega cuando se han recorrido todos los pasos que la norma exige, y en el orden previsto.

Esta lógica es común a todo el empleo público español, y por eso la clave está en una norma estatal de referencia: el TREBEP. A partir de ahí, cada administración —y cada cuerpo, como los Mossos— la concreta con sus propias reglas de convocatoria, curso y prácticas.

El artículo 62 del TREBEP

La norma que fija el momento de adquisición es el artículo 62 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. Su enunciado es tajante: la condición de funcionario de carrera se adquiere por el cumplimiento sucesivo de una serie de requisitos. La palabra "sucesivo" no es un adorno: significa que los requisitos deben producirse en un orden determinado y que, mientras no se completa el último, no existe la condición de funcionario de carrera.

La clave está en "sucesivo"

El art. 62 del TREBEP no enumera requisitos alternativos ni simultáneos: son cuatro pasos encadenados. Falta cualquiera de ellos —o se altera el orden— y la condición de funcionario de carrera todavía no se ha adquirido. Este matiz es una pregunta clásica de temario.

Los cuatro requisitos, uno a uno

El art. 62.1 del TREBEP enumera cuatro requisitos que deben cumplirse de forma sucesiva. Estos son, en su orden legal:

  1. Superación del proceso selectivo. Es el punto de partida: haber superado todas las fases del proceso selectivo previsto en la convocatoria. En Mossos esto incluye la fase de oposición y, de forma señalada, el curso selectivo del ISPC y las prácticas asociadas.
  2. Nombramiento por el órgano o autoridad competente. El nombramiento debe realizarlo el órgano competente y publicarse en el diario oficial correspondiente. En el caso de los Mossos, ese diario oficial es el DOGC.
  3. Acto de acatamiento. Acatamiento de la Constitución y, en su caso, del Estatut d'Autonomia de Catalunya y del resto del ordenamiento jurídico. Es lo que popularmente se llama juramento o promesa.
  4. Toma de posesión dentro del plazo que se establezca. Es el acto final: con la toma de posesión en plazo se cierra la secuencia y se adquiere la condición de funcionario de carrera.

Conviene retener que estos cuatro requisitos se corresponden con las letras a), b), c) y d) del artículo. El juramento o promesa es, exactamente, el acto de acatamiento de la letra c); no es un requisito distinto ni añadido, sino la forma de cumplir esa tercera exigencia. Y la toma de posesión de la letra d) es el hito que consuma todo el proceso.

LetraRequisitoQué significa
a)Superación del proceso selectivoAprobar todas las fases previstas en la convocatoria (oposición, curso ISPC y prácticas en Mossos)
b)Nombramiento y publicaciónNombramiento por el órgano competente, publicado en el diario oficial (DOGC en Mossos)
c)Acto de acatamientoAcatamiento de la Constitución y, en su caso, del Estatut y del resto del ordenamiento (juramento o promesa)
d)Toma de posesiónTomar posesión dentro del plazo establecido; cierra la secuencia
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Funcionario en prácticas frente a funcionario de carrera

Antes de ser funcionario o funcionaria de carrera, la persona aspirante que ha superado la fase de oposición pasa a ser funcionario o funcionaria en prácticas. Es una figura distinta y de naturaleza propia, no un simple trámite. Durante el curso selectivo del ISPC y el período de prácticas, se mantiene una relación temporal y condicionada a superar cada una de las fases, con evaluación en términos de apto o no apto. Quien no supera el curso o las prácticas no accede a la condición de funcionario de carrera.

La diferencia con el funcionario de carrera es de fondo:

Dicho de otro modo: durante las prácticas se está a prueba y la relación puede no consolidarse; al tomar posesión como funcionario de carrera, la relación se estabiliza y despliega todos sus efectos. El recorrido completo, desde el aprobado hasta la incorporación, está detallado en qué pasa después de aprobar la oposición, y su encaje temporal, en la cronología de la oposición.

Aprobar la oposición ≠ ser funcionario de carrera

Entre el aprobado y la condición de carrera media una fase entera —curso del ISPC y prácticas— en la que se es funcionario en prácticas. Solo cuando se supera esa fase, se es nombrado, se acata el ordenamiento y se toma posesión, se adquiere la condición de funcionario de carrera.

El nombramiento y su publicación en el DOGC

El segundo requisito del art. 62 exige que el nombramiento lo realice el órgano competente y se publique en el diario oficial correspondiente. En Mossos, el nombramiento como funcionario de carrera se articula mediante resolución de la Secretaría General del Departament d'Interior, que se publica en el DOGC (Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya). Esa publicación no es un mero formalismo: es el requisito legal de la letra b) y el hecho que da certeza y publicidad al nombramiento.

Aquí importa el orden. El nombramiento y su publicación son posteriores a la superación del proceso selectivo y previos al acatamiento y a la toma de posesión. Por eso conviene no confundir "salir en la lista de aprobados" con "estar nombrado": son actos distintos y en fases diferentes de la secuencia. Puedes ver dónde se publica cada acto de un proceso concreto en la página de la convocatoria de Mossos.

El régimen estatutario del cuerpo

Una vez adquirida la condición de funcionario de carrera, la persona queda sujeta a un régimen estatutario, es decir, un régimen fijado por ley y no por contrato. Ese régimen se construye sobre dos pilares: el EBEP/TREBEP como norma básica del empleo público, y la Ley 10/1994, de 11 de julio, de la Policía de la Generalitat-Mossos d'Esquadra, como norma específica del cuerpo. El Título III de la Ley 10/1994 regula, entre otras materias, las retribuciones, la carrera y la promoción interna, el régimen disciplinario, las incompatibilidades y el catálogo de derechos y deberes.

Este régimen estatutario es lo que distingue al funcionario de carrera de cualquier relación laboral ordinaria: sus condiciones no se negocian individualmente, sino que vienen dadas por la ley y sus normas de desarrollo. Puedes profundizar en la norma en la Ley 10/1994 explicada, y en la vertiente retributiva concreta, en el sueldo de un Mosso. El conjunto de tareas que definen la profesión está en las funciones de un Mosso.

Escalas del cuerpo y grupo de clasificación

El Cos de Mossos d'Esquadra se organiza en varias escalas, cada una con sus categorías:

La categoría de acceso ordinario es la de mosso/a, encuadrada en la escala básica. A efectos de clasificación del empleo público, la escala básica se corresponde con el grupo C, subgrupo C1. El acceso a la categoría de mosso/a exige, además de la fase de oposición, superar el curso selectivo del ISPC (art. 22 de la Ley 10/1994). El mapa de escalas, categorías y unidades del cuerpo está desarrollado en unidades y escalas de Mossos.

EscalaCategorías
BásicaMosso/a, caporal (grupo C, subgrupo C1)
IntermediaSergent, sotsinspector
EjecutivaInspector
SuperiorIntendent, comissari, major
ApoyoEscala de apoyo

Qué debe retener el opositor

Para el examen, el rendimiento de este tema es alto porque combina una norma estatal (el TREBEP) con la norma propia del cuerpo (la Ley 10/1994). Estas son las ideas que conviene dominar:

Con estas cinco ideas se responde correctamente a la mayoría de preguntas que el tribunal suele plantear sobre la adquisición de la condición de funcionario. Para practicarlas en formato test, dentro del temario de Mossos, y para el resto de material de estudio, en todos los recursos.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se adquiere la condición de funcionario de carrera en Mossos?

Según el artículo 62 del TREBEP (Real Decreto Legislativo 5/2015), la condición de funcionario de carrera se adquiere por el cumplimiento sucesivo de cuatro requisitos: superar el proceso selectivo, ser nombrado por el órgano competente con publicación en el diario oficial (el DOGC en Mossos), acatar la Constitución y, en su caso, el Estatut y el resto del ordenamiento jurídico, y tomar posesión dentro del plazo establecido.

¿Qué diferencia hay entre funcionario en prácticas y funcionario de carrera?

El funcionario en prácticas mantiene una relación temporal y condicionada a superar el curso del ISPC y las prácticas (apto o no apto), mientras que el funcionario de carrera tiene una relación estatutaria permanente con plenitud de derechos y deberes. Solo se es funcionario de carrera cuando se cumplen los cuatro requisitos del art. 62 del TREBEP.

¿Dónde se publica el nombramiento de los Mossos?

En el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC), mediante resolución de la Secretaría General del Departament d'Interior. Esa publicación es el segundo de los cuatro requisitos sucesivos del art. 62 del TREBEP.

¿Qué es el acto de acatamiento o juramento?

Es el requisito de la letra c) del art. 62 del TREBEP: el acatamiento de la Constitución y, en su caso, del Estatut d'Autonomia de Catalunya y del resto del ordenamiento jurídico. Popularmente se conoce como juramento o promesa y es previo a la toma de posesión.

¿Qué régimen jurídico se aplica a los Mossos ya funcionarios de carrera?

Un régimen estatutario: la Ley 10/1994 (Título III) regula retribuciones, carrera y promoción interna, régimen disciplinario, incompatibilidades, derechos y deberes, en conjunción con el EBEP/TREBEP. La escala básica (mosso/a) se encuadra en el grupo C, subgrupo C1.

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