Proceso selectivo
Requisitos para ser Mosso d'Esquadra
Los requisitos deben cumplirse en la fecha que fijen las bases y mantenerse durante todo el proceso. Uno de ellos elimina a más gente de lo que parece.
Datos clave
- Nacionalidad
- Española
- Edad
- 18 años, sin edad máxima
- Titulación
- batxillerat, tècnic/a o equivalent o superior
- Permiso
- Clase B en vigor
- Catalán
- Nivell de suficiència C1
Los requisitos de acceso a la escala básica del Cos de Mossos d'Esquadra los fija cada convocatoria. Son condiciones de admisión: deben cumplirse en la fecha que indiquen las bases y mantenerse durante todo el proceso selectivo, incluido el curso de formación.
Requisitos generales
- Nacionalidad española.
- Edad: haber cumplido 18 años y no superar la edad establecida para la jubilación forzosa. No hay tope intermedio.
- Titulación: título de bachillerato, de técnico/a u otro equivalente o superior. Los títulos extranjeros, homologados.
- Permiso de conducción de la clase B en vigor y de tipo ordinario.
- Catalán: nivel de suficiencia (C1) acreditado o prueba superada.
- No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas ni haber sido separado del servicio de ninguna Administración.
- Compromiso de portar armas y de utilizarlas conforme a la normativa.
- No estar incurso en las causas del anexo 3 de la convocatoria, el cuadro de exclusiones por falta de aptitud psicofísica.
- Abonar la tasa o acreditar la exención.
La titulación y el cambio de 2017 que casi nadie ha actualizado
Durante años el acceso a la escala básica se abrió con el graduado en ESO, y ese dato sigue circulando. Dejó de ser cierto el 31 de marzo de 2017, con la entrada en vigor de la Llei 5/2017, de 28 de març. La reforma no tocó ninguna convocatoria: tocó la Llei 10/1994, de la policia de la Generalitat, cuyo artículo 20 pasó a exigir para la escala básica «titulació del grup C, subgrup C1» — y el subgrupo C1 se corresponde en la función pública con el título de bachiller o de técnico. La 46/26 se limita a trasladarlo: «tenir el títol de batxillerat, de tècnic/a o un altre d'equivalent o superior».
Las dos consecuencias de aquella ley conviene retenerlas juntas, porque son la misma reforma: subió la titulación y, a la vez, eliminó el tope de edad, al prohibir un límite máximo distinto del general de la función pública. Ahí murió la barrera de los 35 años que aún hoy hace que gente admisible se descarte sola. Quien afirma que basta la ESO suele afirmar también que hay tope de 35 — es el mismo dato caducado.
El requisito es un suelo, no una franja: cualquier titulación superior cumple por serlo. Qué entra en «equivalente» y cómo se homologa un título extranjero está en estudios exigidos; la edad, en edad.
El catalán C1. Circula mucha información desactualizada que habla de B2. Las convocatorias recientes exigen el nivel de suficiencia C1 o su equivalente. Si partes del castellano, calcula entre seis y doce meses para alcanzarlo: no es algo que se resuelva en el mes previo. Detalle en catalán para Mossos.
El requisito de catalán, en concreto
Quien dispone del certificado de nivel de suficiencia de catalán (C1) o de una titulación equivalente queda exento de la prueba de lengua. Quien no lo tiene debe superar una prueba eliminatoria con parte escrita y parte oral.
La vía más habitual para obtenerlo son los cursos del Consorci per a la Normalització Lingüística, cuyo certificado exime de la prueba. Las equivalencias de otros títulos están refundidas en la Ordre VCP/491/2009, que es la lista contra la que conviene contrastar cualquier acreditación antigua antes de darla por buena.
Y un matiz que reordena la planificación: el C1 no es un requisito de inscripción. Nadie queda excluido de la solicitud por no tenerlo. Es una prueba dentro del proceso, en una fase posterior, y quedan exentos quienes acreditan el certificado, un título equivalente o haber superado esa misma prueba en otro proceso selectivo. El catalán no te impide entrar: te puede impedir seguir.
El formato figura en las bases: parte escrita de 180 palabras como mínimo y hasta hora y media, parte oral de diez minutos, apto o no apto con el 70 % exigido. Desarrollo en catalán para Mossos.
Exclusiones médicas y tatuajes
La convocatoria lleva su propio cuadro de exclusiones: el anexo 3 de la resolución, titulado Causes d'exclusió per manca d'aptitud psicofísica, con catorce apartados. Conviene subrayar de dónde sale, porque circula la idea de que lo aprueba un decreto ajeno: no existe tal decreto, el cuadro viaja dentro de la resolución y por eso puede cambiar entre convocatorias. Cubre agudeza visual y auditiva, aparato locomotor, sistema cardiovascular, patologías neurológicas y otras condiciones tasadas, y se comprueba en el reconocimiento posterior a las pruebas.
Los umbrales que más consultas generan
Según las bases de las últimas convocatorias, el cuadro fija cifras en los apartados por los que más se pregunta. La lectura vinculante es la del anexo 3 vigente.
| Apartado | Umbral que fija el cuadro |
|---|---|
| Tensión arterial | Excluye por encima de 155 mmHg de sistólica o de 90 de diastólica |
| Agudeza visual lejana | Por debajo de 0,6 en el mejor ojo o de 0,4 en el peor |
| Refracción | Del orden de 3 dioptrías de miopía o hipermetropía y 2 de astigmatismo |
| Índice de masa corporal | Fuera del intervalo 18,5–30 |
Dos de ellos —tensión e índice de masa corporal— admiten corrección en los meses de preparación, y todos se miden hoy en una revisión ordinaria. El reconocimiento llega tarde, después de las pruebas: un problema no detectado se descubre cuando ya has invertido un año.
Se realiza además una comprobación de tatuajes, y su regla es más estrecha de lo que suele contarse: la convocatoria no atiende a la visibilidad con el uniforme, sino al contenido. Excluye los tatuajes cuyo contenido resulta contrario a los principios, valores y competencias del Codi d'ètica de la Policia de Catalunya, aprobado por el Acord GOV/25/2015. La consecuencia invierte la intuición habitual: un tatuaje grande y visible, pero neutro, no excluye; uno pequeño y tapado por la manga, con contenido incompatible con el código, sí.
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Descargar MossosTestRequisitos que no existen (y se preguntan mucho)
- Altura mínima: la 46/26 no la exige y el anexo 3 no menciona la talla. El antiguo umbral de 1,65 y 1,60 m desapareció en las convocatorias posteriores a 2019. Detalle en altura.
- Estar empadronado en Cataluña: no se exige.
- Ser catalanoparlante nativo: lo que se exige es acreditar el nivel C1, con independencia del origen.
- Titulación universitaria: cumple por ser superior, pero no es requisito ni puntúa por sí misma en el concurso de méritos.
- Graduado en ESO: dejó de bastar en 2017. Quien te lo diga está citando una convocatoria anterior a esa fecha.
Cómo y cuándo se acredita
La inscripción es telemática a través del portal de trámites de la Generalitat, dentro del plazo que abre la convocatoria, que suele ser corto. Buena parte de la documentación no se presenta al inscribirse sino en fases posteriores, pero conviene tenerla preparada: titulación, permiso de conducción y certificado de catalán son los tres que más retrasos causan.
Los plazos concretos de la convocatoria vigente están en convocatoria de Mossos y el recorrido temporal completo en calendario del proceso.
Preguntas frecuentes
¿Qué edad máxima hay para opositar a Mossos?
Ninguna intermedia. La 46/26 exige 18 años cumplidos y no superar la edad establecida para la jubilación forzosa. El tope de 35 años desapareció con la Llei 5/2017.
¿Se puede opositar a Mossos sin ser de Cataluña?
Sí. No se exige residencia ni empadronamiento en Cataluña. Lo que sí es imprescindible es acreditar el nivel de suficiencia de catalán (C1) o superar la prueba específica de lengua.
¿Qué nivel de catalán piden para Mossos?
El nivel de suficiencia, equivalente al C1. Circula información desactualizada que menciona el B2; las convocatorias recientes exigen C1 o titulación equivalente.
¿Los tatuajes impiden ser Mosso d'Esquadra?
Solo por su contenido. La 46/26 excluye los tatuajes con un contenido contrario a los principios, valores y competencias del Codi d'ètica de la Policia de Catalunya. La visibilidad con el uniforme no es el criterio.
¿Hace falta título universitario?
No. Para la escala básica se exige el título de bachillerato, de técnico/a o equivalente o superior. Un título universitario cumple por ser superior, pero no es requisito.
¿Vale el graduado en ESO para ser Mosso?
No desde 2017. La Llei 5/2017 elevó la titulación de acceso a la escala básica a bachillerato o técnico, y la 46/26 lo recoge así.
¿Necesito el catalán C1 para inscribirme?
No. El C1 se acredita o se examina dentro del proceso, en una prueba posterior. No tenerlo no impide presentar la solicitud; no superarlo sí elimina.
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Fuentes
- Resolució ISP/1763/2026, de convocatòria 46/26 (DOGC núm. 9.681, de 8.6.2026)
- Resolució INT/1219/2017, de 29 de maig — temari oficial (DOGC núm. 7382)
- Llei 10/1994, d'11 de juliol, de la policia de la Generalitat — article 20, modificat per la Llei 5/2017, de 28 de març
- Acord GOV/25/2015, de 24 de febrer, pel qual s'aprova el Codi d'ètica de la Policia de Catalunya
- Ordre VCP/491/2009, de 12 de novembre — títols i certificats equivalents als de coneixements de català
- Portal oficial del Cos de Mossos d'Esquadra
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