Examen teórico
Tema 14: La organización territorial del Estado
Cómo se organiza territorialmente el Estado y qué particularidades tiene Cataluña. Enlaza con el tema 5 más de lo que parece.
Datos clave
- Ámbito
- B — Institucional
- Apartado oficial
- B.7
- Norma
- Resolució INT/1219/2017
- Guía oficial
- Gratuita
El tema 14 del temario de Mossos d'Esquadra corresponde al ámbito B — Institucional, apartado B.7 del anexo aprobado por la Resolució INT/1219/2017. Su denominación oficial es La organización territorial del Estado.
Qué entra en este tema
- El Estado autonómico: fundamento y características.
- Las comunidades autónomas: creación, competencias y organización.
- La Administración local: municipios y provincias.
- Las comarcas y las veguerías como organización territorial propia de Cataluña.
- Relaciones entre niveles territoriales.
Los datos que más se preguntan
La base está en el Título VIII de la Constitución, y las preguntas se formulan casi siempre sobre definiciones literales. Conviene saberse estos preceptos con su número.
| Dato | Contenido | Precepto |
|---|---|---|
| Organización territorial del Estado | El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las comunidades autónomas que se constituyan | Art. 137 CE |
| El municipio | Su gobierno y administración corresponde a los ayuntamientos, integrados por los alcaldes y los concejales; los concejales se eligen por sufragio universal y los alcaldes, por los concejales o por los vecinos | Art. 140 CE |
| La provincia | Entidad local con personalidad jurídica propia, determinada por la agrupación de municipios; su gobierno corresponde a diputaciones u otras corporaciones representativas | Art. 141 CE |
| Alteración de límites provinciales | Debe aprobarla las Cortes Generales mediante ley orgánica | Art. 141 CE |
| Acceso a la autonomía | Provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes, territorios insulares y provincias con entidad regional histórica | Art. 143 CE |
| Competencias asumibles | Lista que empieza por la organización de sus instituciones de autogobierno y termina en la asistencia social | Art. 148.1 CE |
| Ampliación de competencias | Transcurridos cinco años, las comunidades autónomas pueden ampliarlas sucesivamente | Art. 148.2 CE |
| Seguridad pública | Competencia exclusiva del Estado, sin perjuicio de la posibilidad de creación de policías por las comunidades autónomas en la forma que establezcan los respectivos estatutos en el marco de una ley orgánica | Art. 149.1.29.ª CE |
| Organización institucional autonómica | Asamblea legislativa elegida por sufragio universal, Consejo de Gobierno con funciones ejecutivas y administrativas, un Presidente elegido por la asamblea y un Tribunal Superior de Justicia | Art. 152.1 CE |
| Órganos de la provincia | Presidente, vicepresidentes, junta de gobierno y pleno | Art. 32 LBRL |
| Junta de gobierno local | Obligatoria en los municipios con población superior a 5.000 habitantes | Art. 20 LBRL |
El 149.1.29.ª aparece en este tema y reaparece en el ámbito C, porque es el precepto que habilita la existencia de los Mossos d'Esquadra: reserva la seguridad pública al Estado «sin perjuicio de la posibilidad de creación de policías por las Comunidades Autónomas». Es una habilitación, no una atribución: quien atribuye la competencia a la Generalitat es el Estatut, en su artículo 164. Confundir los dos es el fallo más caro de este tema y del tema 8.
Los niveles territoriales, uno a uno
La forma en que se pregunta es siempre la misma: se enuncia una definición o un órgano y hay que asignarlo a su nivel. Construir la tabla completa —ente, órgano de gobierno, forma de elección— resuelve la mayoría de los ítems.
| Ente | Órgano de gobierno | Cómo se designa |
|---|---|---|
| Comunidad autónoma | Asamblea legislativa, Consejo de Gobierno y Presidente | La asamblea, por sufragio universal; el Presidente, elegido por la asamblea entre sus miembros y nombrado por el Rey |
| Provincia | Diputación provincial: presidente, vicepresidentes, junta de gobierno y pleno | Elección de segundo grado, a partir de los concejales electos |
| Municipio | Ayuntamiento: alcalde, concejales, pleno y junta de gobierno local | Concejales por sufragio universal; alcalde, por los concejales o por los vecinos |
| Comarca | Consell comarcal | Ente local supramunicipal propio de Cataluña, previsto en el artículo 92 del Estatut |
| Veguería | Consejo de veguería | Ámbito territorial específico para el gobierno intermunicipal, regulado en los artículos 90 y 91 del Estatut |
La particularidad catalana
El Estatut dedica a esto el capítulo VI de su Título II, «El gobierno local», con cuatro secciones cuya sola lectura ya ordena el tema: organización territorial local (arts. 83 a 85), el municipio (86 a 89, incluido el régimen especial del municipio de Barcelona), la veguería (90 y 91) y la comarca y demás entes locales supramunicipales (92 y 93).
Sobre esa estructura, las cifras vigentes. Cataluña tiene cuatro provincias —Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona— y 947 municipios según los datos de Idescat a 1 de enero de 2025. El mapa comarcal no está congelado: la Llei 7/2023 creó la comarca del Lluçanès, que se segregó en parte de Osona, del mismo modo que antes se había creado el Moianès. Aran, por su parte, figura en la estadística oficial como entidad territorial propia, separada de las comarcas. Si un material afirma un número redondo de comarcas sin fecha, desconfía: ese número ha cambiado dos veces en la última década.
El tema 5 trata el marco geográfico de Cataluña y describe la misma división administrativa desde fuera: dónde está cada comarca, qué relieve tiene, cómo se distribuye la población. Este tema la mira desde dentro: qué es jurídicamente cada ente, quién lo gobierna y qué competencias tiene. Estudiarlos en conexión ahorra tiempo, pero no los mezcles al responder: si el enunciado pregunta por órganos de gobierno o por personalidad jurídica, es materia del tema 14; si pregunta por comarcas, ríos o densidad, es del tema 5.
Cómo se pregunta
Preguntas sobre atribución de niveles: qué corresponde al municipio, a la provincia, a la comarca. Y sobre la particularidad catalana, con comarcas y veguerías conviviendo con la organización provincial.
Es un tema donde se pregunta con frecuencia por definiciones precisas de cada ente y por sus órganos de gobierno.
Responder sobre lo recién leído consolida mucho más que releer. Tests por ámbito y por tema.
Practicar por temasCómo estudiarlo
Estúdialo en conexión con el tema 5, que trata la división administrativa desde el punto de vista geográfico. Aquí se añade la dimensión jurídica: qué es cada ente, cómo se gobierna y qué competencias tiene. Son las dos caras de lo mismo y aprenderlas juntas evita duplicar esfuerzo.
Construye una tabla con los cinco niveles y, para cada uno, órgano de gobierno, forma de elección y competencias características. Es exactamente el formato en que se pregunta.
Errores frecuentes
- Estudiarlo desconectado del tema 5, duplicando trabajo.
- Confundir comarca con veguería, que responden a lógicas distintas.
- Olvidar los órganos de gobierno de cada ente local.
- Tratar la organización provincial y la comarcal como alternativas excluyentes.
Cuánto pesa y cuánto tiempo dedicarle
Tres sesiones si se estudia en conexión con el tema 5, y bastantes más si se aborda por separado. Es el ejemplo más claro del temario de dos temas que comparten materia desde ángulos distintos.
Dónde encaja en tu preparación
Cierra la vertiente territorial que abre el tema 5. Estudiarlos en conexión es el ahorro de tiempo más claro que ofrece el temario.
- La misma división, desde la geografía: geografía de Cataluña en el temario.
- La norma que fija los niveles territoriales: la Constitución en el temario.
- La organización local en el Estatut: tema 8, el Estatut d'autonomia.
- Orden de estudio de los cuatro ámbitos: cómo organizar el temario.
- Visión de conjunto del programa: el temario de Mossos.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre comarca y veguería?
Son dos formas de organización territorial supramunicipal propias de Cataluña con lógicas distintas, y su distinción es objeto frecuente de pregunta en este tema.
¿Se solapa con el tema de geografía?
Parcialmente, y conviene aprovecharlo: el tema 5 trata la división administrativa desde la perspectiva geográfica y este añade la jurídica, de modo que estudiarlos en conexión ahorra tiempo.
¿Cuántos municipios tiene Cataluña?
947 municipios, repartidos entre las provincias de Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona, según los datos del Institut d'Estadística de Catalunya referidos al 1 de enero de 2025.
¿En qué se organiza territorialmente el Estado?
En municipios, en provincias y en las comunidades autónomas que se constituyan, según el artículo 137 de la Constitución. La organización propia de Cataluña —veguerías, comarcas y demás entes supramunicipales— se regula en el capítulo VI del Título II del Estatut, artículos 83 a 93.
¿Quién puede alterar los límites de una provincia?
Las Cortes Generales, y además mediante ley orgánica, según el artículo 141 de la Constitución. Es un dato que se pregunta con frecuencia porque la alternativa falsa suele atribuir esa facultad al Gobierno o a la comunidad autónoma.
Responder sobre lo recién leído consolida mucho más que releer. Tests por ámbito y por tema.
Practicar por temasContenido relacionado
Fuentes
- Resolució INT/1219/2017, de 29 de maig — temari oficial (DOGC núm. 7382)
- Constitución Española — texto consolidado (BOE)
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local — texto consolidado (BOE)
- Idescat. Anuari estadístic de Catalunya. Nombre de municipis i població. Comarques i Aran
- Departament d'Interior i Seguretat Pública — Guia d'estudi oficial
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