Examen teórico

Tema 14: La organización territorial del Estado

Cómo se organiza territorialmente el Estado y qué particularidades tiene Cataluña. Enlaza con el tema 5 más de lo que parece.

Actualizado: 8 de agosto de 2026
Los datos de proceso de esta página corresponden a la convocatoria 46/26 (Resolució ISP/1763/2026, DOGC núm. 9.681, de 8 de junio de 2026). Verifica siempre las bases vigentes antes de actuar.

Datos clave

Ámbito
B — Institucional
Apartado oficial
B.7
Norma
Resolució INT/1219/2017
Guía oficial
Gratuita

El tema 14 del temario de Mossos d'Esquadra corresponde al ámbito B — Institucional, apartado B.7 del anexo aprobado por la Resolució INT/1219/2017. Su denominación oficial es La organización territorial del Estado.

Qué entra en este tema

Los datos que más se preguntan

La base está en el Título VIII de la Constitución, y las preguntas se formulan casi siempre sobre definiciones literales. Conviene saberse estos preceptos con su número.

DatoContenidoPrecepto
Organización territorial del EstadoEl Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las comunidades autónomas que se constituyanArt. 137 CE
El municipioSu gobierno y administración corresponde a los ayuntamientos, integrados por los alcaldes y los concejales; los concejales se eligen por sufragio universal y los alcaldes, por los concejales o por los vecinosArt. 140 CE
La provinciaEntidad local con personalidad jurídica propia, determinada por la agrupación de municipios; su gobierno corresponde a diputaciones u otras corporaciones representativasArt. 141 CE
Alteración de límites provincialesDebe aprobarla las Cortes Generales mediante ley orgánicaArt. 141 CE
Acceso a la autonomíaProvincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes, territorios insulares y provincias con entidad regional históricaArt. 143 CE
Competencias asumiblesLista que empieza por la organización de sus instituciones de autogobierno y termina en la asistencia socialArt. 148.1 CE
Ampliación de competenciasTranscurridos cinco años, las comunidades autónomas pueden ampliarlas sucesivamenteArt. 148.2 CE
Seguridad públicaCompetencia exclusiva del Estado, sin perjuicio de la posibilidad de creación de policías por las comunidades autónomas en la forma que establezcan los respectivos estatutos en el marco de una ley orgánicaArt. 149.1.29.ª CE
Organización institucional autonómicaAsamblea legislativa elegida por sufragio universal, Consejo de Gobierno con funciones ejecutivas y administrativas, un Presidente elegido por la asamblea y un Tribunal Superior de JusticiaArt. 152.1 CE
Órganos de la provinciaPresidente, vicepresidentes, junta de gobierno y plenoArt. 32 LBRL
Junta de gobierno localObligatoria en los municipios con población superior a 5.000 habitantesArt. 20 LBRL
El artículo que se pregunta dos veces

El 149.1.29.ª aparece en este tema y reaparece en el ámbito C, porque es el precepto que habilita la existencia de los Mossos d'Esquadra: reserva la seguridad pública al Estado «sin perjuicio de la posibilidad de creación de policías por las Comunidades Autónomas». Es una habilitación, no una atribución: quien atribuye la competencia a la Generalitat es el Estatut, en su artículo 164. Confundir los dos es el fallo más caro de este tema y del tema 8.

Los niveles territoriales, uno a uno

La forma en que se pregunta es siempre la misma: se enuncia una definición o un órgano y hay que asignarlo a su nivel. Construir la tabla completa —ente, órgano de gobierno, forma de elección— resuelve la mayoría de los ítems.

EnteÓrgano de gobiernoCómo se designa
Comunidad autónomaAsamblea legislativa, Consejo de Gobierno y PresidenteLa asamblea, por sufragio universal; el Presidente, elegido por la asamblea entre sus miembros y nombrado por el Rey
ProvinciaDiputación provincial: presidente, vicepresidentes, junta de gobierno y plenoElección de segundo grado, a partir de los concejales electos
MunicipioAyuntamiento: alcalde, concejales, pleno y junta de gobierno localConcejales por sufragio universal; alcalde, por los concejales o por los vecinos
ComarcaConsell comarcalEnte local supramunicipal propio de Cataluña, previsto en el artículo 92 del Estatut
VegueríaConsejo de vegueríaÁmbito territorial específico para el gobierno intermunicipal, regulado en los artículos 90 y 91 del Estatut

La particularidad catalana

El Estatut dedica a esto el capítulo VI de su Título II, «El gobierno local», con cuatro secciones cuya sola lectura ya ordena el tema: organización territorial local (arts. 83 a 85), el municipio (86 a 89, incluido el régimen especial del municipio de Barcelona), la veguería (90 y 91) y la comarca y demás entes locales supramunicipales (92 y 93).

Sobre esa estructura, las cifras vigentes. Cataluña tiene cuatro provincias —Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona— y 947 municipios según los datos de Idescat a 1 de enero de 2025. El mapa comarcal no está congelado: la Llei 7/2023 creó la comarca del Lluçanès, que se segregó en parte de Osona, del mismo modo que antes se había creado el Moianès. Aran, por su parte, figura en la estadística oficial como entidad territorial propia, separada de las comarcas. Si un material afirma un número redondo de comarcas sin fecha, desconfía: ese número ha cambiado dos veces en la última década.

No lo confundas con el tema 5

El tema 5 trata el marco geográfico de Cataluña y describe la misma división administrativa desde fuera: dónde está cada comarca, qué relieve tiene, cómo se distribuye la población. Este tema la mira desde dentro: qué es jurídicamente cada ente, quién lo gobierna y qué competencias tiene. Estudiarlos en conexión ahorra tiempo, pero no los mezcles al responder: si el enunciado pregunta por órganos de gobierno o por personalidad jurídica, es materia del tema 14; si pregunta por comarcas, ríos o densidad, es del tema 5.

Cómo se pregunta

Preguntas sobre atribución de niveles: qué corresponde al municipio, a la provincia, a la comarca. Y sobre la particularidad catalana, con comarcas y veguerías conviviendo con la organización provincial.

Es un tema donde se pregunta con frecuencia por definiciones precisas de cada ente y por sus órganos de gobierno.

Convierte el temario en preguntas

Responder sobre lo recién leído consolida mucho más que releer. Tests por ámbito y por tema.

Practicar por temas

Cómo estudiarlo

Estúdialo en conexión con el tema 5, que trata la división administrativa desde el punto de vista geográfico. Aquí se añade la dimensión jurídica: qué es cada ente, cómo se gobierna y qué competencias tiene. Son las dos caras de lo mismo y aprenderlas juntas evita duplicar esfuerzo.

Construye una tabla con los cinco niveles y, para cada uno, órgano de gobierno, forma de elección y competencias características. Es exactamente el formato en que se pregunta.

Errores frecuentes

Cuánto pesa y cuánto tiempo dedicarle

Tres sesiones si se estudia en conexión con el tema 5, y bastantes más si se aborda por separado. Es el ejemplo más claro del temario de dos temas que comparten materia desde ángulos distintos.

Dónde encaja en tu preparación

Cierra la vertiente territorial que abre el tema 5. Estudiarlos en conexión es el ahorro de tiempo más claro que ofrece el temario.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre comarca y veguería?

Son dos formas de organización territorial supramunicipal propias de Cataluña con lógicas distintas, y su distinción es objeto frecuente de pregunta en este tema.

¿Se solapa con el tema de geografía?

Parcialmente, y conviene aprovecharlo: el tema 5 trata la división administrativa desde la perspectiva geográfica y este añade la jurídica, de modo que estudiarlos en conexión ahorra tiempo.

¿Cuántos municipios tiene Cataluña?

947 municipios, repartidos entre las provincias de Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona, según los datos del Institut d'Estadística de Catalunya referidos al 1 de enero de 2025.

¿En qué se organiza territorialmente el Estado?

En municipios, en provincias y en las comunidades autónomas que se constituyan, según el artículo 137 de la Constitución. La organización propia de Cataluña —veguerías, comarcas y demás entes supramunicipales— se regula en el capítulo VI del Título II del Estatut, artículos 83 a 93.

¿Quién puede alterar los límites de una provincia?

Las Cortes Generales, y además mediante ley orgánica, según el artículo 141 de la Constitución. Es un dato que se pregunta con frecuencia porque la alternativa falsa suele atribuir esa facultad al Gobierno o a la comunidad autónoma.

Convierte el temario en preguntas

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Practicar por temas

MossosTest es una herramienta independiente de preparación y no está afiliada ni respaldada por la Generalitat de Catalunya ni por el Cos de Mossos d'Esquadra. La información oficial y vinculante es siempre la publicada en el DOGC y en mossos.gencat.cat.